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Claves curiosas y útiles de las oposiciones mediante exámenes tipo test

Claves curiosas y útiles de las oposiciones mediante exámenes tipo test.

 (Extraido de la web-> http://contencioso.es/)

Esta semana fue noticia que un analfabeto logró aprobar una plaza convocada a oposición mediante cuestionario tipo test para alguacil de un Ayuntamiento Brasileño. El hombre logró una de las 70 plazas disponibles al marcar aleatoriamente el cuestionario, que incluía preguntas de matemáticas y conocimientos generales.

1. Así, tradicionalmente en España en las oposiciones masivas se incluía un cuestionario tipo test, de respuestas alternativas con una sola correcta, referido a temas generales. Luego se puso de moda incluir exámenes psicotécnicos para eludir personas cuyo perfil psicológico ( temperamento, discurso mental,talante,etc) fuere incompatible con el concepto de servidor público. Al final, los exámenes tipo-test se han universalizado ( desde la obtención del permiso de conducir a los exámenes de Universidad ), así como en buena parte de las oposiciones del mercado.

2.  Tales exámenes presentan ventajas.

  La gran ventaja teórica es que se produce un alto control de la discrecionalidad de los Tribunales y del amiguismo. O se tiene bien la respuesta o mal. Y si el Tribunal calificador la valora de forma errada, podrán luego en fase de impugnación por los afectados, ser corregidos por los Tribunales contencioso-administrativos, quienes aplicarán la respuesta correcta, con la consiguiente alteración de la calificación inicial.

   La gran ventaja práctica radica en que lleva a cabo un filtro objetivo en oposiciones masivas, con la consiguiente economía de esfuerzo del Tribunal (suele  corregirlo mediante el sometimiento de las plantillas y exámenes a un lector óptico que de forma automatizada ofrece los resultados de cada aspirante así como visiones de conjunto con evidencia de las desviaciones).

3. Claro que los inconvenientes no faltan. El primero radica en que los test y cuestionarios, incluso los psicotécnicos se pueden preparar y no por ello reflejan una formación general ( de igual modo que hay maestros de crucigramas o sopas de letras y son un desastre organizativo o mental). Quizás el bueno del protagonista de la película  ” Rain Man” ( Raymond Babbitt encarnado por Dustin Hoffman), sería capaz de recordar todos los artículos de todas las leyes y estampar la cruz en la casilla correcta y no por eso  sería un funcionario idóneo. Y es que los exámenes por cuestionarios tipo test, no revelan por un lado, la capacidad de argumentación y pensamiento lógico, ni por otro lado, garantizan que el aspirante domine una herramienta tan elemental como la caligrafía, la ortografía o la sintaxis.

  El segundo inconveniente radica en que no existe un vínculo puro entre resultado del cuestionario y capacidad a demostrar, ya que el resultado está manipulado por las condiciones fijadas por el Tribunal (ahí si hay discrecionalidad): el tiempo disponible; el peso específico de unas u otras materias que refleja mas la especialización del Tribunal que el contenido del temario; el coeficiente de penalización de respuestas incorrectas; y el umbral de aprobados ( el Tribunal suele fijarlo a posteriori, en función del nivel y plazas disponibles, amparándose en cláusulas de estilo de las convocatorias).  En ese punto, hay que recordar la afirmación de la Sentencia de 6 de Abril de 2005 (rec.127/2004) de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia:

 « Es práctica habitual, frecuente y de general aplicación facultar a los tribunales en los procesos de selección para que puedan, con posterioridad a la celebración de los ejercicios, atendiendo a los resultados obtenidos por los aspirantes y calibrando su nivel de conocimientos, establecer la nota de corte. Tal sistema, que se aplica con carácter de generalidad a todos los intervinientes en el sistema selectivo, cumple, además, la importante misión de evitar que se produzcan más aprobados que plazas. Sin ir mas lejos es el sistema utilizado en la corrección del primer ejercicio (tipo test) e las oposiciones para ingreso en la Escuela Judicial (Carrerra Judicial y Fiscal)».

 Ahora bien,  la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Admiinstrativo del Tribuna Supremo de 28 de Junio de 2006 (rec.7923/200) rechazó que el Tribunal calificador usase

“ fórmulas de ponderación de un ejercicio que resulten discriminatorias o perjudiciales al comportar conversiones matemáticas con resultados alejados del orden derivado de la calificación real».       

4. De hecho, Sevach formó parte en el pasado de un Tribunal de Oposiciones para auxiliar administrativo, tan masivo en número de aspirantes, que el Tribunal optó por un examen muy duro en el detalle ( p.ej. número de diputados del Parlamento europeo cuando España ingresó en la Unión Europea), acompañado de unos criterios muy rígidos ( penalización descontando una respuesta correcta por  cada dos mal), de manera que aquéllas sesenta preguntas a responder en una hora, arrojaron el resultado de que la máxima puntuación depurada era de: ¡ 22 puntos!;  se daba la paradoja de que para no dejar desierta la oposición ( pues quedaba un segundo ejercicio), hubo que aprobar a los opositores con… ¡ 10 puntos!… O sea, que si alguien hubiera tenido la picardía de responder y no arriesgarse ni un milímetro mas allá de las que tenía seguras, hubiera aprobado.   

5. Lo cierto es que si tales pruebas de cuestionario se establecen como criterio o prueba complementaria y no exclusiva, y si además se elaboran combinando a técnicos de Psicometría con expertos en el temario a examinar, el resultado suele ser bastante fiable, con lo que el aprobado estadístico por puro azar  en una anécdota o una leyenda urbana  de opositores, mas que una realidad.

 Así y todo, Sevach ofrece algunos trucos prácticos ( sin mayor rigor científico que la experiencia personal desde la perspectiva de quien ha elaborado infinidad de cuestionarios para tales fines), para aquéllos osados que despositan su destino en la suerte, como reglas para salir de la encrucijada cuando varias respuestas parecen posibles a los ojos del opositor:

1º  Sáltese el semáforo en ámbar. Si la penalización consiste  en descontar una válida por cada tres mal, es como el semáforo ámbar: podemos saltárnoslo y entre dos respuestas posibles, optar sin miedo aun sin tener la certeza. En cambio, si la penalización es mas fuerte ( descontar una válida por cada dos mal, por ejemplo) es como el semáforo rojo: mejor dejarla en blanco si hay la mínima duda.

El tamaño importa. Si entre las varias respuestas ofrecidas, una es desmesuradamente larga, posiblemente sea la correcta.

Mira quien habla…mejor. Si entre las varias respuestas ofrecidas, una ofrece un mayor grado de precisión, riqueza léxica o abunda en mas tecnicismos, habrá que decantarse por ella. 

Radical, no gracias. Si una respuesta es tajante y formulada con adverbios generales  ( nunca, jamás, siempre,  etc), posiblemente sea la respuesta incorrecta, pues para dar por válida tal afirmación el Tribunal requiere seguridad absoluta.

Bienvenido, Mister Concordia. Si una respuesta absorbe a todas las restantes (“ Todas las demás”, o “ Ninguna es correcta”,etc), posiblemente esa sea la correcta.

Desconfiar de los trabalenguas. Si una respuesta no guarda concordancia gramatical con la expresión de la pregunta,  hay que considerarla incorrecta, sin forzar el lenguaje para armonizarlas.

7º  Huya de los borrones. Las erratas tipográficas u ortográficas en las respuestas no suelen darse  en las correctas, que suelen ser releídas con exquisita y reiterada atención por el Tribunal. 

8º  Intente igualar los montones. Hay que optar por la respuesta cuyo orden ( A,B,C,D)  sea la que mas sirve, en una visión de conjunto de todas las respuestas dadas, a mantener el  equilibrio cuantitativo entre las distintas respuestas de los ejercicios que suele imponer el Tribunal.

9º   No se fije  en la oveja negra.  Si hay varias respuestas extremadamente parecidas, entre ellas estará la correcta y debiendo descartarse la “respuesta bastarda”.

10º Las corazonadas  funcionan. Si subsisten las dudas, hay que optar por la que en primera lectura, y de forma intuitiva,  se daba por válida.

6. Para finalizar un ejemplo práctico con nota de humor.  Imaginemos la siguiente pregunta para el examen de las oposiciones a Técnicos del Estado:

Pregunta del cuestionario: ¿ Cual de estas afirmaciones no es correcta?:

A)    Ningún analfabeto ocupa cargo político.

B)    Los funcionarios tras aprobar la oposición mantienen actualizados sus conocimientos.

C)    Los conocimientos demostrados en el test   son útiles y realmente aplicados en los destinos de los funcionarios aprobados.

D)   Todas las anteriores son incorrectas.

1 comentario

Elena -

la respuesta, "puede ser"... la D
jejeje