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Formación al C. Especial de II.PP. Promoción Interna.

Convocatorias/Resoluciones

Oferta Empleo Público 2014

El pasado día 4 de abril de 2014 se aprobó la Oferta de Empleo Público para 2014 en el Consejo de Ministros.

En el BOE de 10 de abril de 2014 se publica el Real Decreto 228/2014, de 4 de abril, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2014.

En su artículo 3, en el que se describen los criterios generales de aplicación a los procesos selectivos, se detallan, entre otros, los siguientes:

  • Las convocatorias de los procesos selectivos de personal funcionario, juntamente con sus bases, se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.
  • La presentación de instancias y, en su caso, el pago de la correspondiente tasa, se realizará de forma telemática en aquellos Departamentos ministeriales y Organismos públicos que dispongan de dicha posibilidad en sus registros electrónicos.
  • Los Departamentos ministeriales y los Organismos públicos que no dispongan de registro electrónico para la tramitación de las inscripciones de los candidatos en las pruebas selectivas, podrán establecer convenios de encomienda de gestión con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para facilitar que aquélla se realice a través del portal 060.es.

Para más información consulte el texto del BOE (ver oferta de empleo en el BOE).

A continuación desglosamos las plazas ofertadas de aquellas oposiciones que pueden prepararse en el CEF.-

 

SUBGRUPO "A1"  

(T. Libre)

(P. Interna)

Administradores Civiles del Estado

20

6

Inspectores de Hacienda del Estado 

27

27

Inspectores de Seguros del Estado 

8

4

Inspectores de Trabajo y Seguridad Social

15

6

Interventores y Auditores del Estado   

14

14

Interventores de la Seguridad Social  

12

6

Técnica de Gestión de Organismos Autónomos  

-

20

Sistemas y Tecnologías de la Administración del Estado

25

6

Interventores Tesoreros de la Administración Local (*)

11

50

Secretarios de Entrada de la Administración Local (*)

-

20

Secretarios Interventores de la Administración Local (*)  

-

-

Secretarios Judiciales

80

80

 

SUBGRUPO "A2"  

(T. Libre)

(P. Interna)

Gestión de la Administración Civil del Estado

18

54

Gestión de Sistemas e Informática del Estado  

24

25

Gestión de la Seguridad Social (Espec. Auditoría y Contabilidad)

10

-

Técnico de Auditoría y Contabilidad

44

7

Técnico de Hacienda   

190

300

Subinspectores de Empleo y Seguridad Social 

38

21

Especial de Instituciones Penitenciarias

-

20

 

SUBGRUPO "C1"

(T. Libre)

(P. Interna)

Agentes de la Hacienda Pública

21

300

Administrativos de la Administración del Estado

-

114

Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

70

-

ACUERDO TRIBUNAL CE 2013 DE FECHA 14.10.2013

UNICO.- Tras la publicación de la plantilla correctora del primer ejercicio, celebrado el día 5 de Octubre, se detecta un error de transcripción, por lo que se acuerda modificar la pregunta número 89, siendo la respuesta correcta la opción "D", en lugar de la opción "A".

Plantilla Oficial correctora Exámen CE 2013

Enlace para el documento:

 

http://cuerpoespecial.mforos.com/2013634/11329526-plantilla-correctora-examen-ce-2013/

Resolución del Tribunal del C.Especial 2013, sobre mínimo preguntas correctas 1º Ejercicio

Ver documento en el siguiente enlace:

http://cuerpoespecial.mforos.com/2013634/11324132-res-tribunal-calificador-ce-2013-minimos-acertadas/

Bueno... comparado con otros años han subido el nivel de corte...., en el año 2010 fueron 55 preguntas....

Orden INT/1513/2013 , publicación listas Admitidos/Excluidos C.Especial 2013

Enlace BOE: -> http://www.boe.es/boe/dias/2013/08/07/pdfs/BOE-A-2013-8727.pdf

Primer Ejercicio: Día 05.Octubre 2013, a las 10.00 en la Escuelta Técnica Superior de Ingenieros Telecomunicaciones. En Madrid.

Real Decreto 218/2013, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2013.

Bueno al parecer.... todas las hipótesis que manejábamos en el 2012 , sobre que, en el 2013 no habría P.Interna para el C.Especial...., no han sido verdad...., tenemos 20 plazas....

Aquellos/as que NO han dejado de estudiar y han actualizado los temas... tienen muchas posibilidades de alcanzar una plaza.... ánimo y seguimos hacia adelante...

Real Decreto 1694/2012, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2012.

La Ley 2/2012, de 29 de junio de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, establece que, a lo largo del presente año, no se procederá en el sector público a la incorporación de nuevo personal, exceptuándose de la citada limitación una serie de sectores y administraciones que se contemplan en el artículo 23 de la citada norma, respecto de los cuales se determina que se aplicará una tasa de reposición del 10 por ciento.
El apartado Tres del citado artículo 23, indica que corresponde al Gobierno, a propuesta del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, la aprobación de la oferta de empleo público de los sectores señalados en el indicado artículo que corresponda a la Administración General del Estado, sus organismos públicos y demás entes públicos estatales.
Igualmente, el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, junto con la previsión de determinación del Órgano competente para aprobar las ofertas de empleo público que, para el ámbito de la Administración General del Estado es el Gobierno como se indica en el párrafo anterior, establece que el correspondiente real decreto por el que se apruebe la Oferta de Empleo Público podrá contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos.
En este sentido merece especial mención la promoción interna que, la citada Ley 7/2007, de 12 de abril, configura como una de las medidas de planificación de recursos humanos que tiene como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y que debe ser facilitada por la Administración como vía para la adquisición de las correspondientes competencias y requisito necesario para la progresión en la carrera profesional desde niveles inferiores a los superiores. Todo ello sin desconocer la actual situación económica que obliga a aplicar, también en este ámbito, criterios de austeridad y de restricción en esta materia de gastos de personal.
El presente real decreto, por tanto, tiene como finalidad dar cumplimiento a lo indicado, así como establecer los principios que han de regir la planificación de los recursos humanos y los criterios que deben orientar los procesos de selección de los candidatos que mejor se ajusten a las necesidades de la Administración General del Estado.
Igualmente, el citado artículo indica que corresponde al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas autorizar, sólo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, convocatorias de puestos o plazas vacantes de personal laboral de las entidades públicas empresariales y entes del sector público estatal, pero manteniendo el principio de no ingreso de nuevo personal en los citados ámbitos.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, oída la Comisión Superior de Personal y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de diciembre de 2012,

DISPONGO:
Artículo 1. Aprobación de la oferta de empleo público y planificación de recursos humanos.
1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 23 de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, se aprueba la oferta de empleo público para 2012 en los términos que se establecen en este real decreto.
2. De conformidad con lo previsto en el artículo 70.3 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, la planificación de los recursos humanos en la Administración General del Estado se vinculará al cumplimiento de los siguientes objetivos de la política de empleo: la atención a los sectores que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, el adecuado dimensionamiento del volumen de efectivos, la austeridad y la eficiencia de las políticas de recursos humanos y la eficacia en la distribución territorial.

..../....

3. Los concursos de méritos que autorice la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas irán dirigidos a la consecución de los fines señalados en el apartado anterior. Sus bases tendrán como finalidad facilitar la movilidad, entre los diferentes ámbitos de la Administración del Estado, de funcionarios que ya desempeñan puestos del mismo nivel de responsabilidad de los convocados.
Igualmente podrá preverse la no incorporación de nuevo personal a través de concursos en los Departamentos u Organismos que no tengan la consideración de prioritarios.

..../....


Artículo 4. Criterios generales de aplicación en los procesos selectivos y sobre la publicidad y gestión de los mismos.

.../....

9. Los temarios de pruebas selectivas derivados de esta oferta incluirán, en los temas relativos a las políticas públicas, especial referencia a las políticas sociales, entre ellas las políticas de igualdad y contra la violencia de género, así como de aquellas dirigidas a la atención a personas discapacitadas y/o dependientes.

..../....

Artículo 6. Promoción interna.
1. En el marco de la legislación reguladora de los procesos de promoción interna se convocan las plazas para los distintos grupos y subgrupos de clasificación profesional del personal funcionario de carrera, con la distribución por cuerpos y escalas que figuran en el Anexo III Estos procesos selectivos de promoción interna se podrán convocar conjuntamente con las convocatorias ordinarias de nuevo ingreso, o mediante convocatoria independiente.
2. La promoción interna se realizará mediante procesos selectivos que garanticen el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad así como los contemplados en el artículo 55.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.
De acuerdo con la disposición transitoria segunda de la citada ley, el personal laboral fijo que a la entrada en vigor de la misma esté desempeñando funciones de personal funcionario, o pase a desempeñarlos en virtud de pruebas de selección o promoción convocadas antes de dicha fecha, podrán seguir desempeñándolos. Asimismo, podrá participar en los procesos selectivos de promoción interna convocados por el sistema de concurso-oposición, en aquellos cuerpos y escalas a los que figuren adscritos las funciones o puestos que desempeñe, de forma conjunta con el personal funcionario.
Tanto el personal laboral como el funcionario, deberá estar en posesión de la titulación exigida, tener una antigüedad de al menos dos años de servicio activo en el grupo profesional o subgrupo desde el que se promociona, cumplir el resto de los requisitos que se exijan y superar las correspondientes pruebas selectivas.
Serán las bases específicas de cada convocatoria las que determinarán los colectivos que podrán participar en cada proceso y las características y condiciones del mismo.
Al personal laboral fijo que participe en estos procesos se le valorarán como mérito en la fase de concurso los servicios efectivos prestados como personal laboral fijo, así como las pruebas selectivas superadas para acceder a esa condición.
Asimismo se facilitará la formación específica teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y las medidas vigentes de contención del gasto público.

  PROMOCIÓN INTERNA PARA A2 DE II.PP.------> 0 PLAZAS

Nombramiento Funcionarios de CARRERA OEP-2011 C.ESPECIAL

Resolución de 23 de octubre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se nombran funcionarios de carrera, por el sistema de promoción interna, del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.

Enlace al BOE:

http://www.boe.es/boe/dias/2012/10/29/pdfs/BOE-A-2012-13352.pdf

PLAZAS OFERTADAS A LA PROMOCIÓN INTERNA DEL CUERPO ESPECIAL 2011 NO SON VÁLIDAS

La Subdirección General de Recursos Humanos de Instituciones Penitenciarias ha cometido errores en el concurso de traslados que afectan también a los funcionarios del Cuerpo Especial. En las plazas que se han ofrecido a los funcionarios de la última promoción figuran puestos que no se han cubierto a resultas en el concurso de traslados. La sorpresa entre los funcionarios afectados ha sido enorme al ver que personas que han aprobado la oposición hace muy poco tienen acceso a puestos que no se han cubierto en el concurso en el proceso de resultas.

La Administración tiene la opción discrecional de dejar sin ocupar, en virtud de su potestad autoorganizativa, las plazas que estime oportuno, según señalan fuentes de la secretaría general a esta web, pero es evidente, según resaltan, que en este caso se ha producido un error, ya que no se puede ofrecer a los funcionarios de la última promoción plazas que funcionarios más antiguos no han tenido la posibilidad de obtener en el concurso de traslados.

La secretaría general ha explicado al sindicato UGT que la paralización del concurso se ha debido a errores en el programa informático que gestiona todo el proceso. No se introdujó correctamente la programación que da pie a todo el trabajo informático.

El error se puede concretar, basicamente, en la no adjudicación de plazas en resultas para las cuales se habían generado vacantes. La revisión de todas las plazas va a producir nuevas adjudicaciones y por tanto una alteración en el listado provisional del que se disponía. Estas nuevas adjudicaciones deberían suponer -salvo excepciones dificiles de preveer en estos momentos- una mejora en la plazas asignadas anteriormente (algunos trabajadores van a lograr plazas a las que inicialmente no habían tenido opción) y un aumento en las plazas cubiertas (las de resultas no contempladas en principio por el programa informático).

La previsión -sometida a posibles alteraciones en función de las circunstancias- es convocar a la Comisión de Valoración del concurso entre el viernes -día 5 de Octubre- y el lunes -día 8- para aprobar un nuevo listado definitivo.

La subdirectora general de Recursos Humanos, Ana María Velasco Rodríguez, ha anunciado que dentro de unos días la Comisión de Valoración del concurso de traslados va a aprobar una nueva lista rectificada de plazas adjudicadas debido a que se han producido varios errores.

Ana María Velasco ha mandado a los directores de los centros una carta en la que confirma que "se ha producido un error en la adjudicación del concurso de traslados" y destaca que "concretamente varias vacantes y resultas no han sido adjudicadas cuando deberían haberse adjudicado, habiendo además peticionarios".


Dado que estos errores suponen un agravio para todos aquellos que optaban a dichas plazas, la subdirectora de Recursos Humanos informa que se va proceder a una nueva adjudicación del concurso.

Esta nueva lista supone, según destaca Ana María Velasco, "como mínimo, una mejora, al haber disponibles más plazas, para aquellos que han conseguido alguna y la posibilidad de hacerlo a quien no lo ha conseguido".

Además, la subdirectora general de Recursos Humanos señala que las plazas ofertadas a la oep-2010 quedan anuladas a la espera de la nueva resolución del concurso

Reunión Comisión Valoración Concurso Traslados N15-22 del 2012- Instituciones Penitenciarias

Informan que hoy Jueves está convocada la reunión de la comisión de valoracion del concurso de traslados que se reunirá en la Sede de la SGIIPP a las 11:30H . A partir de mañana Viernes, se podrá consultar vía Intranet la adjudicación provisional para elevarla a definitiva de los puestos una vez publicada la resolución del concurso en el BOE.

Curso OEP 2011 C.Especial

El curso para los funcionarios/as que han aprobado el C.Especial correspondiente a la oferta de empleo público del 2011, se celebrará en el CEP en Madrid del 17 al 28 de Septiembre. A primeros de Septiembre saldra publicado en el BOE el nombramiento de funcionarios/as en prácticas.

Las nuevas tasas Judiciales en el Proceso Contencioso Administrativo.

El Gobierno ha aprobado la implantación del copago en Justicia lo que implicará pagar unas tasas para recurrir las setencias judiciales en el orden social, además de revisar al alza el resto de tasas ya vigentes, salvo en el ámbito penal, que estará exento. Con esta medida se prevé recaudar hasta 300 millones de euros -en 2010 se recaudaron 172 millones por esta vía- para sufragar la Justicia gratuita.

Así lo ha anunciado la vicepresidenta del Ejecutivo, Soraya Saénz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde se ha debatido el anteprotecto de ley de tasas, que se remitirá ahora al Consejo de Estado y al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Sáenz de Santamaría ha justificado estas tasas judiciales para la segunda instancia en la necesidad de tener un sistema judicial que "evite la litigiosidad" y "garantice la asistencia jurídica gratuita", lo que supone "equidad".

Según la vicepresidenta, el dinero que se recaude con estas tasas se destinará a "mantener y reforzar el derecho a la asistencia jurídica gratuita".

Este "ajuste de tasas" afecta al ámbito civil, al contencioso-administrativo y a la segunda instancia en el ámbito social y "pone el acento" pone en la segunda instancia para "evitar el exceso o abuso" de los recursos.

De esta forma, la subida afectará a las tasas ya existentes para interponer una demanda o recurso en el orden Civil y Contencioso-administrativo y se aplicará también en lo Social, aunque en esta jurisdicción sólo en el caso de recursos en segunda instancia de suplica o casación, quedando también excluido el orden penal.

Subidas de entre 50 y 750 euros

Según el anteproyecto de ley de tasas, la subida generalizada de las tasas judiciales será de entre 50 y 750 euros y se aplicarán las tasas también para las personas físicas, y no sólo jurídicas, que dispongan de recursos económicos, aunque quedarán exentos de pagar aquellos a quienes se haya reconocido la asistencia gratuita por carecer de recursos.

Otro de los objetivos que se ha marcado el Ejecutivo es evitar que lleguen a los juzgados conflictos que pueden solucionarse a través de otras vías, como la mediación, o aquellas actuaciones que sólo persiguen dilatar en el tiempo el procedimiento, con lo que se aliviará también la carga de trabajo de los órganos judiciales.

También se introduce una nueva tasa por el alta y modificación de fichas toxicológicas en el registro de productos químicos comercializados.

En concreto, en el orden civil subirán las tasas para los procesos verbal y cambiario, que pasan de 90 a 150 euros; las correspondientes para procesos ordinarios se incrementan de 150 a 300, y en el proceso monitorio suben también de 50 a 100 euros.

Las tasas para ejecuciones extrajudiciales y concursos necesarios se elevan de 150 a 200 euros, en los recursos de apelación habrá que pagar 500 euros más -de 300 a 800- y en los de casación e infracción procesal suben un 100 por cien pasando de 600 a 1.200.

En la jurisdicción contencioso-administrativa suben las tasas en los procesos abreviado (de 120 a 200 euros) y ordinario (de 210 a 350), así como en los recursos de apelación, que pasan de 300 a 800 euros, y de casación, de 600 a 1.200. Por último, en el orden social, se aplicarán las tasas sólo en segunda instancia, costando 500 euros para los recursos de súplica y 750 en casación.

Anuncio de Gallardón

El ministro del área, Alberto Ruiz-Gallardón, ya anunció la implantación de estas tasas hace dos meses, durante una comparecencia en la Comisión de Justicia del Congreso, en la que matizó que estas tasas judiciales no se aplicarían en la jurisdicción penal ni a las personas sin suficientes recursos.

Entonces, Gallardón explicó que la finalidad de la medida era reducir la litigiosidad y evitar "abusos de acceso a órganos judiciales", además de mejorar el uso de los recursos disponibles, como una medida más de austeridad económica en tiempos de crisis.

"Si el ciudadano no se conforma con la respuesta del poder judicial y lo que solicita es un segundo pronunciamiento es cuando se aplicará el nuevo modelo de tasas", dijo entonces el ministro de Justicia, que aclaró además que esa tasa se reintegraría si el recurso prospera y que su recaudación estaría destinada a la "mejora y modernización" del sistema judicial.

A juicio del titular de Justicia, el derecho a la tutela judicial efectiva quedaba preservado al garantizar el acceso gratuito en primera instancia.

Además, Gallardón también adelantó que este modelo también se aplicaría a la justicia gratuita, ya que se exigirá la acreditación de falta de recursos para poder disponer de abogado de oficio.

Enlace al Modelo 696 para el pago de la TASA Judicial:

http://www.aeat.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Resto_de_modelos/696/mod696e_es_es.pdf

Resolución de 23 de marzo de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los servicios periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

El Ministerio del Interior tiene vacantes de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo del Ministerio del Interior, dotados presupuestariamente, cuya provisión, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y artículo 40.1 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y con el contenido de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y de la Orden APU/526/2005, de 7 de marzo, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, la Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo, y previa la aprobación de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 39 del citado Reglamento, ha dispuesto convocar concurso general para la provisión de los puestos de trabajo que se relacionan en los Anexos a esta Resolución, con arreglo a las siguientes:

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3. Las plazas podrán solicitarse en el orden preferencial que el participante estime oportuno, pudiendo, en todo caso, reflejarse con independencia del anexo al que pertenezcan, sin que exista limitación alguna en cuanto al número máximo de las que se puedan solicitar, salvo lo especificado en el apartado anterior y referente al Cuerpo de Técnicos Especialistas de la Generalidad de Cataluña, Grupo de Servicios Penitenciarios, quienes sólo podrán solicitar las plazas correspondientes al anexo I c).
4. La Administración, en virtud de su capacidad autoorganizativa, teniendo en cuenta el Plan de Creación y Amortización de Centros Penitenciarios y otras necesidades organizativas, determinará las plazas a cubrir del Anexo I b); y de aquellas reseñadas sin vacantes del Anexo I c), así como la incorporación de las que se generen durante el periodo de resolución de la convocatoria.

5. Los requisitos y méritos que se invoquen deberán cumplirse por los interesados a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

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IV. Presentación de solicitudes
Quinta.
1. La cumplimentación y tramitación de las solicitudes de los funcionarios en activo para tomar parte en este concurso, se realizarán en la oficina de Gabinete de Dirección, a través de un programa informático elaborado al efecto. Los funcionarios destinados en los Servicios Centrales de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias o del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo cursarán su petición a través del Servicio de Selección y Concursos de la Subdirección General de Recursos Humanos.
Los funcionarios que se encuentren en otras situaciones administrativas, participen desde otro Departamento o pertenezcan a la Administración Penitenciaria de la Generalidad de Cataluña, cumplimentarán su solicitud conforme al modelo publicado como Anexo II a esta Orden, debiendo cursarse a través de las oficinas a que se refiere el artículo 38,4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo ser igualmente utilizado este procedimiento por los funcionarios mencionados en el párrafo anterior.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Transcurrido este plazo, al día siguiente serán remitidas por el Gabinete de Dirección, todas las solicitudes, junto con los certificados de méritos señalados en la base cuarta, y la documentación que se hubiera de acompañar.
3. El concursante deberá unir a la solicitud reseña del puesto o puestos a que se aspire por orden de preferencia, así como la documentación que hubiera de acompañar.
4. Una vez finalizada la grabación de las solicitudes cumplimentadas en el Anexo II y valorados los méritos y documentaciones presentadas por la Comisión de Valoración a la que hace referencia la base sexta, este Centro Directivo remitirá a cada Establecimiento Penitenciario las puntuaciones provisionales de los aspirantes destinados en el mismo que hayan participado en el presente concurso. Dichas puntuaciones estarán igualmente disponibles en la Oficina de Información de esta Secretaría General, debiendo para su consulta acreditar su participación en el procedimiento. Asimismo, la comunicación de las puntuaciones a los participantes desde la Administración Penitenciaria de la Generalidad de Cataluña se hará de forma centralizada, a través de su Centro Directivo.
Se comunicará a través de los tablones de anuncios que la puntuación provisional de cada candidato se encuentra a su disposición en la Oficina de Dirección del Centro Penitenciario y en la Oficina de Información de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias para ser retirada, indicando que dispone de 10 días naturales a partir de este anuncio, para recoger la misma y presentar, en caso de no estar conforme las alegaciones que se estimen oportunas.
Las alegaciones que en cuanto a variación en las puntuaciones provisionales formulen los interesados, deberán ser remitidas al Servicio de Selección y Concursos de la Subdirección General de Recursos Humanos, aportando a tal efecto las pruebas documentales oportunas debidamente autorizadas y encaminadas a las modificaciones que estimen deban efectuarse, debiendo utilizar para su comunicación, preferentemente, los Centros Penitenciarios y la Oficina de Información de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
5. Las plazas solicitadas serán vinculantes para el peticionario, aceptándose las renuncias a la totalidad de la instancia que se presenten con anterioridad a la fecha en que la Comisión de Valoración finalice el proceso de revisión y baremación de los méritos, y que por acuerdo de la misma será comunicado a todos los interesados a través de los Tablones de anuncios ubicados en sus Centros de trabajo.
6. Plazas condicionadas: si todas las plazas se encuentran condicionadas y uno de los peticionarios renuncia a la participación en el concurso, ambas solicitudes quedan anuladas.
Por el contrario, si no están todas las plazas condicionadas y uno de los peticionarios renuncia a su participación, las plazas condicionadas por el otro peticionario quedarán anuladas, manteniéndose en vigor las no condicionadas por el orden reflejado en su solicitud.

 

FIN PLAZO PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: 26.ABRIL.2012

Sentencia del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID ,contra BASES Concurso Gral. 2010 II.PP.

Acaip está en contra del actual baremo y que por ello, interpuso un recurso por violación de derechos fundamentales al NO permitirle negociar el mismo. En el mes de Febrero se le notificó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,  en la que les da la razón y en su parte dispositiva establece lo siguiente:

 

Para leer la SENTENCIA completa visitar el siguiente enlace:

http://cuerpoespecial.mforos.com/2012886/10792103-sentencia-ts-justicia-madrid-contra-las-bases-concurso-2010/

Resolución de 29-02-2012, de la SEAP, por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la AGE.

Resolución de 29 de febrero de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.


El artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, establece que con anterioridad al inicio de los ejercicios o pruebas de los procesos selectivos, la Secretaría de Estado para la Administración Pública determinará, mediante un único sorteo público celebrado previo anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas que se celebren durante el año. El resultado del sorteo se publicará en dicho periódico oficial y deberá recogerse en cada una de las convocatorias.
El 29 de febrero de 2012, en la Sala de reuniones de la Dirección General de la Función Pública, calle María de Molina, número 50, planta 5.ª, de Madrid, y bajo la presidencia de doña Carmen Sánchez-Cortés Martín, Directora General de la Función Pública, ha tenido lugar el mencionado sorteo, previo a la convocatoria de pruebas selectivas en los términos ordenados en la Resolución de 7 de febrero de 2012 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
Según el resultado de dicho sorteo, el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas en la Administración General del Estado que se convoquen desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, hasta la publicación del resultado del sorteo correspondiente al año 2012, se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «O».
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «O», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «P», y así sucesivamente.
Madrid, 29 de febrero de 2012.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, P.D. (Orden HAP/3559/2011, de 28 de diciembre), la Directora General de la Función Pública, Carmen Sánchez-Cortés Martín.

Orden INT/109/2012, de 16 de enero, por la que se publica la relación de aprobados del CE 2011

Orden INT/109/2012, de 16 de enero, por la que se publica la relación de aprobados en la fase de oposición y concurso del proceso selectivo de ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias, convocado por Orden INT/1419/2011, de 10 de mayo.


Una vez finalizadas las fases de oposición y concurso, y entregada por el Presidente del Tribunal, copia certificada de la listas de aprobados por orden de puntuación, este Ministerio, en virtud de lo previsto en el punto Decimoséptimo (Superación del proceso selectivo) de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, y en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo, resuelve:
Primero.
Hacer pública la relación de aprobados definitivos en las fases de oposición y concurso, por orden de puntuación, en las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias, que son remitidas para su exposición en los Centros Penitenciarios así como en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, calle Alcalá, números 38-40, 28014 Madrid.
Segundo.
En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», los aspirantes aprobados deberán presentar en la Subdirección General de Recursos Humanos de Instituciones Penitenciarias, la siguiente documentación:
A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 4 de la convocatoria. Aquellos que no estén en posesión del título exigido deberán presentar certificación académica original o compulsada que acredite haber realizado todos los estudios conducentes a la obtención del título.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse la credencial de su homologación.
B) Opción por la remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas (por el puesto que vienen desempeñando ó como funcionarios en prácticas).
Tercero.
Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos reseñados en el apartado anterior, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Cuarto.
Los aspirantes que completen la documentación solicitada, serán convocados para la realización del curso formativo, en la fecha que oportunamente se indicará.
Quinto.
La presente orden, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, podrá ser recurrida potestativamente ante el mismo órgano que la ha dictado, mediante la interposición de recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación, o ser impugnada directamente ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, pudiendo interponerse, en este caso, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Madrid, 16 de enero de 2012.–El Ministro del Interior, P. D. (Orden INT/50/2010, de 12 de enero), el Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.

Listado DEFINITIVO APROBADOS CE. 2011

Documento en el FORO en el siguiente enlace:

http://cuerpoespecial.mforos.com/2012886/10708305-listado-definitivo-aprobados-ce-2011/

Puntuaciones Provisionales Concurso+Oposición CE. 2011

Documento disponible en el foro, en la siguiente URL:

 http://cuerpoespecial.mforos.com/2012886/10690043-publicacion-notas-concurso-oposicion-ce-2011/

 

Resolución y Notas 1º Exámen y 2º Exámen del TRIBUNAL Ingreso CE 2011 Anexo II

Documento en el FORO en la siguiente URL:

http://cuerpoespecial.mforos.com/2012886/10650741-puntuaciones-anexo-ii-cuerpo-especial-2011/

Acuerdo del Tribunal calificador Pruebas Selectivas Orden INT/1419/2011, ingreso C.Especial

Resolución y listado de los que pasan al segundo examen, que será el día 13 de Octubre del 2011, en la sede del centros de estudios penitenciarios , Calle Cedaceros 11, 3ª Planta a las 10.00 Horas.

El corte ha estado en 62 puntos.El listado de aprobados del 1er ejercicio no están incluidos los opositores que pasan automáticamente al segundo provenientes de la oposición del 2.010.Es otro Anexo.

Enlace: